Nueva Ley de Cookies 2021 [RGPD]
El pasado 31 de Octubre la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) aprobó la nueva ley de cookies para su consentimiento en cualquier sitio web. De esta manera TODAS las páginas web deben adaptarse al nuevo reglamento sobre el uso de cookies para el usuario o visitante.
De acuerdo, pero … ¿Qué son las cookies?
Las cookies son pequeños archivos de texto que se almacenan en el dispositivo del usuario de Internet al visitar una página web. El gestor del sitio web, determina qué tipo de información contiene dicha cookie y cuál es su propósito, pudiendo ser utilizadas por el servidor web cada vez que visite dicha página. Estas Cookies son utilizadas para ahorrar tiempo y hacer la experiencia de navegación web mucho más eficiente. No obstante, pueden ser usadas con varios propósitos diferentes como recordar la información de inicio de sesión o el contenido de un pedido de compra.
La AEPD endurece las normas sobre su uso.
En esta nueva ley de cookies se han aplicado algunas novedades, que implican a todas las web que realicen un tratamiento de datos personales de los usuarios. La AEPD proporcionó un periodo de adaptación de 3 meses desde el 31 de Julio de 2020, y pasada la fecha límite (31 de Octubre de 2020), la mayoría de sitios todavía no se han adaptado a la nueva normativa.
¿Cuáles son los cambios que se han realizado en esta nueva ley de cookies?
- Se prohíbe la opción de «Seguir navegando». Es decir, hasta ahora la mayoría de las páginas web mostraban un mensaje al pie de página en el cual se informaba al usuario que si seguía navegando se daba por hecho que aceptaba todas las cookies de la web. Esta posibilidad, según la AEPD, no es un método válido de consentimiento.
- También se rechaza que hacer «scroll» en una web sea válido para que se consienta el uso de cookies.
- Banner de cookies. Un mensaje de cookies sin ofrecer alternativas a elegir al visitante, también queda obsoleto. Este muro de cookies debe permitir administrar las cookies que se están utilizando en el sitio, incluyendo en sus determinadas páginas toda la información correspondiente a la privacidad del usuario y consentimiento de cookies.
- Las cookies no deben permanecer «premarcadas» salvo las de uso necesario para el funcionamiento del sitio. Podemos distinguir 4 tipos de cookies de manera general:
Propias o necesarias: Pueden y deben estar establecidas para el correcto funcionamiento de la web.
Personalización: son aquéllas que permiten al usuario acceder al servicio con algunas características de carácter general predefinidas en función de una serie de criterios en el terminal del usuario como por ejemplo sería el idioma, el tipo de navegador a través del cual accede al servicio, la configuración regional desde donde accede al servicio, etc.
Estadística o de terceros: Cookies de seguimiento de datos del usuario, como las que utiliza Google Analytics para recopilar información sobre las visitas a determinadas páginas, etc.
Publicidad o Márketing: son las que almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico para mostrar publicidad en función del mismo.
Estás dos últimas deben ser aprobadas por el usuario y éste puede revocar o aceptar el consentimiento cuando cree oportuno.
Un ejemplo visual de un Aviso de Cookies autorizado.
¿Qué ocurre si NO adapto mi web a la nueva normativa de cookies?
Se impondrán sanciones económicas a los sitios que incumplan con esta nueva normativa. Las sanciones dependerá del nivel de infracción que se cometa.
- Muy graves: entre 150.001 y 600.000 euros
- Graves: entre 30.001 y 150.000 euros
- Leves: desde 2.000 hasta 30.000 euros.
Si llegados a este punto, quieres saber si tu web cumple con esta nueva normativa, puedes contactarnos y te asesoramos para mejorar e implantar la nueva Ley de uso de Cookies en tu Web. Así como el Aviso Legal de tu empresa o negocio que tambien debe aparecer en el pie de la web.